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Corte tumba seguro que debían entregar los CDA en revisión técnico-mecánica

Este seguro lo entregaban los Centros de Diagnóstico Automotriz, CDA, cuando un cliente realizaba la evaluación de su vehículo.

Con el argumento de que es un seguro que se impuso “de forma desproporcionada”, la Corte Constitucional tumbó la expedición de la póliza aseguradora que debían entregar los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), cada vez que un cliente realizaba la revisión técnico-mecánica a su vehículo.

De acuerdo con el alto tribunal, la función de los CDA se limita sólo a la revisión de los vehículos, por tanto no estaba en su órbita la entrega de este seguro.

Consideró además que era una "violación a la libertad de empresas y a la libertad económica".

ASO-CDA, Acedan y Fenalco, gremios que representan a más del 95 % de los CDA del país, le habían solicitado al Ministro de Transporte, William Camargo, que les diera un plazo para darle cumplimiento a la circular.

Los CDA debían tomar, con una entidad aseguradora legalmente establecida en Colombia y con libertad de oferta, un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil.

La decisión de la Corte implicaría que los CDA ya no están obligados a entregar la póliza y estas solo estarán a cargo de las aseguradoras.

En agosto pasado, la Procuraduría había dado su concepto al indicar que la ley que establecía la póliza se “ajusta a la Constitución”, pero el concepto no fue tenido en cuenta por los magistrados.

 

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